JORNADA SOBRE LAS REFORMAS DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL

La formación continuada es un elemento clave para todos aquellos que nos dedicamos al mundo jurídico, para mantener despachos competitivos y que estén a la altura de las necesidades de los clientes, máxime en épocas como la actual, en la que la actividad legislativa es tan extensa y las reformas son casi diarias.

Esto es algo que siempre hemos tenido muy presente en el despacho y, como podréis consultar en el apartado de “formación complementaria”, la asistencia a cursos y seminarios de especialización y actualización es constante.

El pasado 21 de octubre tuvo lugar la jornada de “Reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil”, impartida por el Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, Don Jesús Gavilán.

 
 

En ella se profundizó en las importantes reformas operadas en este cuerpo legal, por las diversas leyes aprobadas este año (Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, Ley 29/2015 de Cooperación Internacional, Ley 8/2015 de Protección de la Infancia, entre otras) y principalmente por la Ley 42/2015 de Reforma de la Lec, de la que ya hemos tenido ocasión de hablar en este foro.

Tras este interesante acto, en Mogo Abogados estamos completamente al día en cuanto a la digitalización de los expedientes, las novedades en la Jura de Cuentas, los Recursos Extraordinarios y las Diligencias Preliminares y todas otras aquellas reformas acordadas, y en especial en el nuevo juicio verbal.

III CUMBRE DE MUJERES JURISTAS celebrada en el ICAM

Los pasados días 23 y 24 de este mes de octubre tuvo lugar en la biblioteca del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid la III CUMBRE DE MUJERES JURISTAS, celebrada bajo el lema “La igualdad es responsabilidad de mujeres y hombres", en la que, como novedad, se incorporó el papel del hombre, al evento en concreto, y a la lucha en general por esta efectiva igualdad.

Se abrió la Cumbre, como viene siendo habitual, por la Decana Doña Sonia Gumpert Melgosa, seguido de un emocionando y emocionante homenaje póstumo a Doña Soledad Cazorla Prieto, Fiscal Delegada en Violencia de Género, tristemente fallecida en mayo de este mismo año.

Se siguieron a continuación las diversas mesas de debate celebradas entre la mañana y la tarde del viernes y la mañana del sábado, con los siguientes e interesantes enunciados:

Mesa 1: La mujer jurista en puestos de responsabilidad.

Mesa 2: La carrera profesional de la mujer en los despachos de abogados.

Mesa 3: La comunicación jurídica y la mujer jurista.

Mesa 4: La mujer jurista en la lucha por la igualdad y la prevención de la violencia de género.

La ponencia de clausura corrió a cargo de la Ex Ministra de Justicia de Italia, Doña Paola Severino, que compartió con nosotras los avances en la lucha por la igualdad en su país y habló de la “cuota rosa”.

Como cierre final, Don José Manuel Pradas leyó el Manifiesto de Conclusiones, que podréis consultar aquí

I FERIA DEL EMPLEO EN LA ERA DIGITAL

Hoy se está celebrando en el "Complejo Pastrana" la I Feria de Empleo en el Era Digital que, a la luz de la enorme espera que tuvimos que hacer para poder acceder al recinto, está siendo todo un éxito de participación (lamentablemente no podemos decir que también esté siendo un éxito de organización)

Se trata de un evento con más de 100 expositores más de 70 ponencias, en las que se abordan las diferentes claves para mejorar las habilidades digitales, soluciones prácticas para buscar empleo y marketing digital.

Mogo Abogados participó en el evento y prestamos especial atención al stand del ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) donde se informa de las diferentes salidas profesionales en el ámbito de la abogacía, el mundo del marketing jurídico y la actividad colegial.

LA REFORMA DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

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Aunque tiene su entrada en vigor prevista para dentro de casi un año, el 2 de octubre de 2016, un año después de su publicación en el BOE, desde este blog también queremos hacernos eco de la aprobación y publicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que sustituirá a la actual Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Esta norma, que podéis consultar aquí, pretende simplificar el procedimiento existente hasta el momento, así como incorporar las nuevas tecnologías.

Son muchas las novedades que tendremos ocasión de comentar, pero dejadme que termine con una de las que más me ha agradado, la supresión del sábado como día hábil en el cómputo de plazos comunes.

Recordad que en Mogo Abogados contamos con una sección administrativa donde podemos asesoraros en vuestros trámites y reclamaciones con todo tipo de Organismos Oficiales.

PUBLICACIÓN EN EL BOE DE LAS REFORMAS DE LA LEC Y LECRIM

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Hoy se han publicado en el BOE tres importantes reformas legislativas que introducen novedades tanto en el procedimiento civil como en el penal.

Podéis consultar aquí la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica y aquí la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

Respecto a las modificaciones en ámbito procesal civil, aquí podéis consultar la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Pronto tendréis en el blog una entrada más detallada de las modificaciones que afectan al procedimiento civil, pero si ahora estáis interesados en profundizar en esta materia, os dejamos un enlace al interesante resumen que desde Wolters Kluwer han preparado con todas las claves de la reforma

Despenalización de los accidentes de circulación y sus consecuencias procesales

Al hilo de lo que comentábamos la semana pasada respecto al nuevo Baremo de Tráfico, nos hacemos hoy eco en el blog de los importantes cambios que el 2015 está trayendo al enjuiciamiento de los accidentes de circulación, siendo sin duda el mayor de ellos la despenalización de las faltas relativas a la circulación que se contenían en el Libro III del Código Penal.

Sin querer entrar en un profundo estudio doctrinal de la materia, pues no es el motivo de este blog, sí es necesario resaltar las dos consecuencias principales de esta reforma y que más directamente van a afectar tanto a las personas que han sufrido daños y lesiones a consecuencia de un accidente de tráfico, como a los abogados que nos dedicamos al asesoramiento y defensa de este tipo de materias.

Hasta la entrada en vigor de la reforma del código penal, quien había sufrido daños materiales y físicos a consecuencia de un accidente en la carretera acudía a la vía penal para obtener la oportuna indemnización de sus lesiones, indemnización ésta que venía apoyada en el informe médico forense que realizaba el perito adscrito al Juzgado de Instrucción correspondiente y que no suponía coste alguno para el lesionado, ni siquiera para el responsable de los daños.

Tras la reforma y despenalización de esta materia, todo (o al menos en la gran mayoría de los casos, salvadas puntuales excepciones) el enjuiciamiento de este tipo de causas se aparta de la vía penal para ir a parar a los Juzgados de Primera Instancia (ya de por sí muy saturados) y ser tramitados por vía civil. Al menos en Madrid, y por mi experiencia no solo en lo que respecta a los Juzgados de Madrid Capital sino a los de la mayoría de la Comunidad, este cambio de jurisdicción se va a traducir en procedimientos mucho más lentos y farragosos.

Pero no es el tiempo la peor de las consecuencias (gravísima cuando nos hallemos ante juicios ordinarios por la cuantía), sino los nuevos costes que va a suponer para las partes, al margen de la necesidad de que vayan acompañados por abogado y procurador la posible condena en costas, pues para que nuestra demanda civil de reclamación de daños y perjuicios prospere con éxito es muy recomendable (indispensable diríamos) que venga soportada por un informe pericial que cuantifique los daños que se reclaman, informe que ha de ser sufragado por la parte que lo contrate (a salvo de lo dispuesto para aquellos que gocen de justicia gratuita).

De momento, dada la novedad del asunto, no es mucha la experiencia que tenemos sobre cómo los Juzgados están conociendo estos casos, pero desde Mogo Abogados trabajamos para paliar de la mejor forma posible las consecuencias de esta reforma, con un buen asesoramiento previo a la entrada en vía contenciosa, un buen trabajo de negociación con la compañía aseguradora que resulte responsable y el enfoque de la demanda de la forma más beneficiosa para los intereses de nuestros clientes.

Reforma del Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación

El pasado 7 de septiembre se aprobó por el Senado el nuevo Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, que viene a sustituir al vigente, en vigor desde el año 1995, dando así respuesta a las numerosas quejas que de diversos sectores, tanto jurídicos como de numerosas asociaciones de víctimas de accidentes y compañías aseguradoras, se venían haciendo al considerarlo ya obsoleto.

En palabras de la propia Exposición de Motivos de la norma, esta actualización viene a “incrementar la protección a las víctimas mediante la garantía de una indemnización suficiente”, por lo que se realiza una profunda renovación tanto en las cuantías indemnizatorias (para daños tanto personales como patrimoniales) como en los criterios de cálculo, introduciendo nuevos elementos a tener en cuenta, que se corresponden con la realidad social del momento, identificando nuevos perjudicados y nuevos conceptos resarcitorios.

Podéis consultar aquí el mencionado Proyecto de Ley y todas sus novedades

Esta reforma entrará en vigor el 1 de enero de 2016, por lo que para todos los accidentes ocurridos con anterioridad a esta fecha seguirá siendo de aplicación la normativa vigente.

Si estás interesado en obtener más información sobre esta novedad legislativa, o bien has sufrido algún tipo de accidente o lesión y necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, pues somos abogados con amplia experiencia en la reclamación de daños y perjuicios derivados de accidente de tráfico o cualquier otra actividad, así como de los daños personales y patrimoniales derivados de responsabilidad patrimonial de la Administración.

Bienvenidos a Mogo Abogados

Septiembre es mes de cambios y buenos propósitos, aquí os presento el nuevo proyecto del despacho, la página web de Mogo Abogados, una ventana que conecta nuestra vida en la justicia con vosotros.

La finalidad de este blog es mostraros las novedades jurídicas más relevantes y que directamente puedan afectar a nuestros clientes.

También os informaremos de aquellos eventos y actos en los que participe el despacho, y así enseñaros algunas pinceladas de nuestro día a día.

Os invitamos también a visitar nuestra página de Facebook y nuestra cuenta de Twitter.

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